El camino de servidumbre debe ser el más corto y menos perjudicial para el propietario del predio sirviente. Cualquier ampliación o modificación de este camino requerirá el consentimiento de ambas partes. Si el propietario del predio dominante abusa del derecho de paso o intenta ampliar el uso del camino sin permiso, el propietario del predio sirviente puede acudir a los tribunales para proteger sus derechos.
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